Hasta finales de este mes, los contribuyentes bajo relación de dependencia que presupuesten obtener ingresos superiores a 10.800 dólares o que percibieran ingresos mensuales mayores a 900, deberán presentar su proyección de gastos personales al Servicio de Rentas Internas (SRI) para proceder a realizar el cálculo del impuesto a la renta para el 2015.

Este año el máximo deducible es de 14.040 dólares, siempre y cuando dicho valor no supere el 50% de la base imponible. Este monto está distribuido en los siguientes rubros:

  • Vivienda: 3.510 dólares
  • Educación: 3.510 dólares
  • Alimentación: 3.510 dólares
  • Vestimenta: 3.510 dólares
  • Salud: 14.040 dólares

El sitio web JEZL Contadores y Auditores indica además que para los gastos deducibles de las personas naturales, los conceptos de cada rubro son los siguientes:

Proyección de gastos personales
(Imagen de jezl-auditores.com)

Para este 2015 también habrá respaldos electrónicos en los sitios web de los locales comerciales que ya estén utilizando la facturación electrónica.

La Proyección de Gastos Personales se lo presenta dos veces al año. La primera se lo hace en enero y la segunda, en octubre. Para esta última se realizan los ajuste respectivos según los comprobantes de venta de respaldo con los que ya cuenta el contribuyente y con la proyección de los meses de  noviembre y diciembre.

¿Cómo realizar la proyección de gastos personales?

Según informa el SRI, para respaldar los gastos personales, el contribuyente deberá contar con los respectivos comprobantes de venta. Estos podrán estar a nombre del contribuyente, de su cónyuge o conviviente, o de sus hijos menores de edad o con discapacidad que no perciban ingresos gravados y que dependan directamente del contribuyente.

El formulario que se debe llenar se lo pueden bajar en la página web del SRI (en la opción “Formularios y Solicitudes”, escoger “Formulario para el registro de gastos personales”, elegir “Gastos Personales” y descargar el formulario “SRI – GP”. Este deberá ser presentado por los contribuyentes bajo relación de dependencia a su respectivo empleador, quien deberá verificar que la información correspondiente a la proyección de gastos esté de acuerdo a lo señalado en la normativa tributaria legal y reglamentaria vigente.

En caso de que el empleador verifique que los rubros sobrepasan los límites establecidos, este devolverá dicho formulario al empleado para que realice la corrección.

Las personas que no trabajen en relación de dependencia, pero que ganan más de 900 dólares mensuales, no deben presentar la proyección.

Puedes chequear el vídeo del SRI sobre cómo llenar el formulario.

Leer también: El SRI cambia las reglas para enviar dinero al exterior.

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