Mientras haya escasez de electricidad en Ecuador, no se puede aumentar el alquiler. Se suspenderá la aplicación de cláusulas de incremento automático en la renovación de los arrendamientos.

Esta suspensión se aplica a los contratos entre particulares y particulares con el Estado, así como a la celebración de nuevos arrendamientos sobre el mismo inmueble.

Esta es una de las ventajas de la ley orgánica que entró en vigor en Ecuador para brindar alivio financiero y empoderamiento económico a generaciones.

Pago del seguro de desempleo

Los trabajadores afiliados al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS) que fueron cesantes en noviembre, diciembre, enero o febrero próximo tendrán acceso al seguro de desempleo a partir del décimo día después de perder su empleo.

Los requisitos son:

  1. Acreditar 24 aportes acumulativos y no concurrentes en relación de dependencia, de los cuales al menos 6 deben ser continuos e inmediatamente anteriores a la emergencia.
  2. Estar en situación de desempleo durante al menos diez años.
  3. Presentar la solicitud de pago de la prestación a partir del décimo día de desempleo y hasta un máximo de 90 días después del plazo señalado en este apartado.
  4. No estés jubilado.
  5. Se deberá verificar previamente el aviso de salida registrado por el empleador en el IESS.

El seguro de desempleo se paga automáticamente y sin más trámites mensualmente, en un plazo máximo de 30 días hábiles a partir de la fecha de presentación de la solicitud.

Opciones de pago con IESS-Biess

  • El incumplimiento de las obligaciones de aportes de los meses de noviembre y diciembre de 2024 no generará responsabilidad del empleador frente al Instituto Ecuatoriano de Seguridad Social (IESS), siempre que se cancele hasta 90 días después del inicio del incumplimiento y este sea hecho a pedido de parte del empleador.
  • Los empleados cuyos empleadores se hayan acogido al alivio podrán seguir utilizando los servicios sociosanitarios del IESS y del Biess.
  • El Biess refinanciará o reestructurará las operaciones de créditos hipotecarios reestructurados o refinanciados que tuvieran vigencia hasta el 30 de septiembre de 2024 para una nueva ocasión con un período de gracia de hasta 90 días. El interés regular del período de gracia se distribuye entre las cuotas pendientes en la tabla de amortización. Durante este periodo no se cobrarán intereses de demora, gastos de cobro, costas judiciales ni honorarios.
  • El IESS y el Biess no iniciarán procedimientos coercitivos por la crisis energética existente en el territorio nacional a partir de la entrada en vigor de esta ley y hasta el 28 de febrero de 2025.

facturas de internet

  • Los operadores de acceso a Internet y móviles avanzados deben implementar medidas correctivas para sus usuarios, así como opciones de pago en los formularios de facturación, mientras continúe la emergencia por la situación eléctrica actual producto de la temporada seca.

Facilitación para bancos públicos y privados

  • Las empresas del sector financiero público y privado pueden establecer programas extraordinarios y temporales de aplazamiento de obligaciones financieras. Al implementar el programa de aplazamiento no se incurrirá en intereses de demora, costos, recargos o multas. Estos programas están regulados por la Junta de Regulación y Política Financiera.
  • La banca pública y privada aplicará alternativas de alivio financiero en beneficio de sus deudores; Para ello se fija un plazo de quince días desde la publicación de la presente ley.
  • Los departamentos auxiliares del Sistema Financiero Nacional, que se especializan en la recuperación de bienes mayoritariamente públicos y son responsables de la recuperación de la cartera bancaria cerrada, condonan deudas existentes en sus registros con un valor principal inicial de US$ 10.000 y menos a deudores independientes. .
  • En el caso de deudas con un capital inicial superior a 10.000 dólares americanos, lo que equivale a deudas con un capital inicial de hasta 50.000 dólares americanos, sus intereses y los intereses moratorios así como el plazo de pago de las obligaciones derivadas de esta ley, promulgada será reestructurada.

Desgravaciones fiscales para filmaciones y agencias de tránsito

  • El 100% de los intereses, multas, recargos, costas y todos los costos adicionales que surjan de los impuestos cuya administración y recaudación corresponda al GAD, así como a sus empresas sujetas a la Ley Orgánica de Empresas, Agencias, Instituciones y Organismos Afiliados Públicos, pagarse., también respecto del impuesto de filmación, siempre que el contribuyente pague total o parcialmente estas obligaciones antes del 30 de junio de 2025.
  • 100% de los intereses, multas por falta de pago en la fecha de vencimiento, recargos, costas y todos los gastos incidentales derivados de los impuestos, cuya administración corresponde a la Agencia Nacional de Tránsito (ANT) y al Servicio Público de Accidentes de Tránsito. (SPPAT), siempre que el contribuyente pague al menos el 30% de las obligaciones anteriores antes del 30 de junio de 2025.
  • El pago de intereses de demora, multas por incumplimiento de plazos de pago, recargos o la suscripción de un acuerdo de pago no es requisito para la obtención y renovación de licencias y registros hasta el 30 de junio de 2025. Esta disposición no exime a los contribuyentes del pago de multas y recargos pendientes.

Alivio de préstamos educativos

  • Se prevé la condonación del 100% de los intereses y recargos derivados de obligaciones de préstamos educativos o acuerdos de pago vencidos. La exención cubre intereses sobre pagos atrasados, multas y costos administrativos que aún están pendientes.
  • Para los programas de becas y financiamientos donde la relación contractual haya terminado prematuramente, se pagará el 100% de los intereses devengados hasta la entrada en vigencia de esta ley.
  • La condonación del 100% de la deuda del préstamo educativo está destinada a personas con discapacidad y personas con enfermedades graves, raras o raras que surgieron de obligaciones del préstamo educativo en estado activo, han expirado, se encuentran en acuerdo de pago o se encuentran en trámite obligatorio.

Alivio para las empresas

  • Los empleadores que no separaron a sus empleados de la nómina en los meses de octubre, noviembre y diciembre y continúan empleándolos en las mismas o mejores condiciones de su empleo original recibirán un crédito fiscal para el año fiscal 2024, que sólo es posible con impuesto a la renta de este período, el cual corresponde al porcentaje del valor de la contribución patronal a la seguridad social con relación al salario de ese trimestre, según el siguiente cuadro:
Instituciones para usar
Grandes empresas con mayores ventas brutas en 2023-2022 5%
Grandes empresas con ventas brutas similares 10%
Grandes empresas con menores ingresos brutos 15%
Empresas medianas con mayores ventas brutas en 2023 a 2022 20%
Empresas medianas con ventas brutas similares 25%
Empresas medianas con menores ingresos brutos 30%
Pequeñas y microempresas con mayores ingresos brutos en 2023 que en 2022 30%
Pequeñas y microempresas con ingresos brutos similares 35%
Pequeñas y microempresas con menores ingresos brutos 40%
Los grandes bancos no aceptan la medida 0%
Bancos medianos con mayores ingresos brutos entre octubre de 2023 y octubre de 2024 5%
Bancos medianos con menores ingresos brutos entre octubre de 2023 y octubre de 2024 10%
Bancos pequeños con mayores ingresos brutos entre octubre de 2023 y octubre de 2024 15%
Bancos pequeños con menores ingresos brutos entre octubre de 2023 y octubre de 2024 20%
Todas las demás instituciones del sistema financiero y del sector financiero popular y solidario. 25%
  • El Servicio de Impuestos Internos (SRI) podrá aceptar un plan de pago excepcional por hasta doce meses de obligaciones tributarias morosas por impuestos retenidos o recibidos al 31 de octubre de 2024. El SRI emite regulaciones adicionales para la aplicación.
  • El Director General del SRI, en la Administración Tributaria Central y con carácter potestativo; Los prefectos provinciales y alcaldes de la administración tributaria seccional así como las máximas autoridades de la administración tributaria excepcional declaran extinguidas las obligaciones tributarias contenidas en títulos de crédito, liquidaciones, resoluciones, actas de liquidación y demás documentos de las deudas sociales. Estas obligaciones incluyen impuestos, intereses y multas agregadas por cada contribuyente y que generalmente no exceden el salario base uniforme del empleado.
  • Se elimina la obligación tributaria correspondiente al impuesto a la renta de los años 2022 y 2023 y será asumida por los contribuyentes sujetos al régimen Rimpe (economía nacional). Este decreto se aplica independientemente de si el contribuyente ha presentado la declaración correspondiente o no.
  • El Ministerio de Economía y el Ministerio de Agricultura y Ganadería, así como el Ministerio de la Producción, crearán instrumentos que les permitirán, en coordinación y a través de la banca pública, canalizar productos financieros que les ayuden a superar la crisis energética, reactivar sus actividades productivas y garantizar la estabilidad económica a mediano y largo plazo. (I)



Source link

Artículo anteriorBanco del Pacífico lanza una tarjeta innovadora para el sector portuario
Artículo siguienteCómo reclamar la devolución del IVA si eres mayor: Estos son los requisitos | Economía | Noticias