Para garantizar que las transferencias de dinero sean instantáneas en cualquier momento y en cualquier día de la semana, la Junta de Regulación y Política Monetaria emitió una resolución para asegurar la interoperabilidad de los pagos en tiempo real.
La Resolución N° JPRM-2024-029-M establece la obligación de procesar los pagos en tiempo real, ya sea a través de redes privadas o del Sistema de Integración de Pagos (SIP) del Banco Central del Ecuador.
“Esto representa un hito en la transformación digital del sistema de pagos del país y complementa los esfuerzos de innovación del sector privado. La interoperabilidad permite conectar diferentes sistemas y plataformas para que funcionen de forma segura y eficiente. El objetivo de esta norma es permitir que familias y empresas puedan transferir dinero de manera inmediata, las 24 horas del día, los 7 días de la semana”, explicó el director del Banco Central, Guillermo Avellán.
También señala que la norma introduce la aprobación de códigos QR, cumpliendo así con los estándares internacionales de eficiencia y seguridad.
Y destaca los principales beneficios de esta reforma a la norma que regula los medios y sistemas de pagos en el Ecuador y las actividades fintech de sus participantes:
- Modernización tecnológica del sistema de pagos.
- Reducir el consumo de efectivo, potenciar los métodos de pago digitales
- Mayor eficiencia y competitividad en el sistema de pagos a menores costes
Los casos de uso de interoperabilidad que deben implementarse para pagos en tiempo real son:
- Persona a Empresa: El cliente ordenante es una persona natural y el cliente beneficiario es una persona natural o jurídica con Registro Único de Contribuyentes (RUC).
- Transporte privado de pasajeros: El cliente es una persona natural o jurídica en RUC y el cliente beneficiario es una persona natural
- De persona a persona: El cliente y el beneficiario son personas físicas
- Persona a institución pública: El cliente ordenante es una persona física y el cliente beneficiario es una institución pública o una persona jurídica de derecho privado con capital mayoritario público.
- Institución pública a particular: El cliente ordenante es una institución pública y el cliente beneficiario es una persona física que recibe transferencias de dinero no contributivas.
Desde el 31 de diciembre de 2024, cuando se emitió esta decisión, el Banco Central tiene 90 días para determinar las fechas de cumplimiento, los criterios específicos de integración y los plazos para el proceso de implementación de la nueva norma. Para ello emitirá un cronograma detallado el cual será puesto en conocimiento de la Junta de Regulación y Política Monetaria. Y en 18 meses, deberá implementar y poner en producción la plataforma del Sistema de Integración de Pagos (SIP) de conformidad con lo establecido en este Reglamento. (YO)