¿Aceptarías Pasar un día en prisión por 27 euros y ser inocente? Parece que la cantidad no alcanza para renunciar a un día de libertad, pero ese es el importe de la indemnización que el tribunal nacional ha reconocido como indemnización a una persona que tuvo que pasar por eso 184 días de su vida en prisión preventiva por errorya que finalmente fue absuelta. La orden de 11 de diciembre de 2024 condena al Ministerio de Justicia a pagar compensación económica de sólo 5.000 eurossin tener en cuenta los daños psicológicos o el lucro cesante (los ingresos no obtenidos gracias al alojamiento) alegados por el interesado: concluyó que no estaba suficientemente demostrado que estos daños fueran consecuencia directa de los días que tuvo que pasar durmiendo tras las rejas.

Las Las compensaciones son ridículas.denuncian los abogados defensores que hablaron con este diario. El problema es que, en última instancia, los jueces tienen que decidir sobre la cuantía. Y lo hacen sin que exista una ley que deje claro cuánto hay que pagar por un día de prisión preventiva ilegal. No existen criterios ni pautas.

Pero primero hay que saber por qué se decide enviar a una persona a prisión cuando todavía no está claro si ha cometido un delito. Prisión preventiva o prisión temporal Esta es una medida de precaución. que un juez puede prescribir, si existen indicios de que el investigado ha cometido un delito, para impedir una posible fuga, destrucción de pruebas o repetición de la conducta delictiva. El conflicto surge cuando el caso finalmente termina con una absolución, que confirma la inocencia del interesado.

¿Dónde se regula la compensación?

El derecho a una compensación económica está regulado en la Ley Orgánica de Justicia (LOPJ). El artículo 294 señala que comprende a quienes fueron detenidos preventivamente y posteriormente absueltos por falta de comisión del delito imputado o por sobreseimiento sumario, siempre que se demuestre que se ha causado un daño. Sin embargo, esto no es lo que se debe pagar. Sólo indícalo El monto de la indemnización se determina “en función del momento de la privación de libertad y de las consecuencias personales y familiares”.pero sin dar más detalles.

Con demasiada frecuencia no se tiene en cuenta esta segunda parte, que se refiere a las consecuencias personales. Los expertos destacan que la interpretación es históricamente limitada. De hecho, antes de 2019, solo hubo unas pocas sentencias que estimaron la demanda de indemnización de daños y perjuicios. En junio de este año se produjo un punto de inflexión. El Sentencia 85/2019 del Tribunal Constitucional (TC) Señaló que la limitación aplicable a tales casos viola la Carta Básica ya que sólo se considera una indemnización si la absolución se basó en la inexistencia del hecho imputado. Unos meses más tarde, el Tribunal Supremo lo confirmó. La parte perjudicada tenía derecho a una indemnización. “en todos los casos de absolución por cualquier causa o de sobreseimiento sumario”.

El Decisión del Tribunal Constitucional de ampliar los casos Cumplió con los criterios del Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH). «Esto significa que no se puede tratar de manera diferente a alguien que ha sido absuelto por un motivo y no por otro, que hay que concentrarse en el veredicto y no en el fundamento». él aclara. Ignacio Martínez ArrietaSocio penal del estudio de abogados Gómez de Liaño & Márquez de Prado.

¿Cómo se reclama la compensación económica?

La posibilidad de exigir una indemnización por este motivo expira un año después de la sentencia absolutoria definitiva. La misma Ley Orgánica de Justicia establece el procedimiento a seguir: El interesado deberá solicitarlo por escrito al Ministerio de Justicia.los cuales tramitará con base en las normas que rigen la responsabilidad patrimonial del Estado. El contenido debe incluir una cantidad que detalle los daños y pérdidas que ha sufrido como resultado de su detención.

El ministerio tiene seis meses para competiraunque también puede producirse un silencio negativo. Esto significa que si no hay respuesta, la respuesta se considera rechazada. Independientemente de si el tribunal rechaza la solicitud o si el afectado está descontento porque el ministerio le ofrece menos dinero del solicitado, se debe presentar un recurso de apelación ante la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Regional. Si la respuesta no es positiva, se puede recurrir al Tribunal Supremo, pero el camino hasta este tribunal es mucho más complejo.

Compensación ridícula

Los criminólogos están de acuerdo en esto. ¿Qué tan poco paga el Estado para que personas inocentes estén en prisión?. “Desgraciadamente, el cambio no ha sido tan relevante desde 2019 porque las cantidades son demasiado pequeñas. «Hay un problema grave, es bastante indignante que se estén pagando días de cárcel por debajo del salario mínimo a personas que han perdido su empleo o que ahora tienen mayores dificultades para encontrar trabajo», denuncia. José María de PabloSocio del sector penal del despacho de abogados Mas y Calvet.

“Son cantidades pequeñas. Es absolutamente ridículo que, por ejemplo, una persona que ha pasado más de 200 días, casi un año, en prisión sea indemnizada con 8.000 euros. Es poco menos que una burla, pero ese es el criterio legal que tenemos”, se queja Ignacio Martínez-Arrieta.

Los criterios de la fiscalía y del tribunal regional se basan en este hecho No existe un vínculo causal claro y directo entre pasar tiempo tras las rejas sin cometer un delito y la pérdida de ingresos.. ¿Qué pasa con el daño a la reputación o el descrédito de, por ejemplo, figuras públicas, artistas o políticos? “Se supone que ese daño fue causado por la acusación, por el caso en sí, pero no por la inadmisible prisión provisional”, aclara el abogado. Cuando se alega que se perdió un contrato por una suma importante de dinero, no se suele establecer que la causa única y próxima fue que se trataba de una prisión preventiva, sino que también pueden aplicarse otras razones.

Sin estándares ni puntos de referencia

Mientras que algunas sentencias conceden indemnizaciones económicas de 25 a 50 euros, también hay otras, muy pocas, que reconocen una indemnización de casi 400 euros diarios como indemnización a un autónomo que ha acreditado haber realizado ventas en los últimos años y para quien Trabajaba por cuenta propia y ya no recibía ningún ingreso cuando fue privado de su libertad.

Para el abogado y doctor en derecho José María Fuster-Fabra Se deben establecer algunos criterios rectores. «Si lo comparamos con el importe de la indemnización obligatoria para las infracciones de tráfico y que se aplica a los delitos imprudentes, vemos que el criterio de indemnización para las penas de prisión injustificadas es mucho menor y no tiene en cuenta, por ejemplo, las consecuencias psicológicas», dijo. explica. Aunque elimina la necesidad de un permiso de báscula, sí Se requieren pautas generales de esperanza de vida o salario que se puedan personalizar.: No es lo mismo que fuese detenida una persona mayor o una madre soltera con cuatro hijos a su cargo y sin el apoyo de su padre. “De esa manera podremos saber qué esperar”, sugiere el abogado defensor.

En esto coincide con José María de Pablo, que aboga por la introducción de una tabla que fije un mínimo general por día. “Pero no 20 euros, sino unos 200 o 300 euros al día sería un mínimo. Ahora hay que dejarlo en manos de esta jurisprudencia, y quien crea eso no sabe lo difícil que es pasar un día en prisión inocentemente. Se deben establecer módulos y evaluar adecuadamente el lucro cesante.el derecho al honor, el daño moral a las personas que tienen hijos, no sólo por el daño económico, sino por la importancia de que tus hijos te visiten en prisión”, enfatiza.

Si el beneficio de una mayor claridad sobre el nivel de compensación parece tan obvio, ¿por qué no está regulado? “La legislatura nunca quiso involucrarse en esto. Que ahora exista la posibilidad de exigir una indemnización en todos los casos de absolución no era un hecho, tenía que ser el Tribunal Constitucional el que interviniera”, recuerda José María de Pablo; “Al estado no le gusta dar dinero“Estoy convencido de que el artículo 294 no se desarrolló por este motivo”, concluye José María Fuster-Fabra.

Sandro Rosell y Dolores Vázquez

Cuando hablamos de detención temporal ilegal, los expertos suelen citar dos casos: el de Sandro Rosell y el de Dolores Vázquez.

En el primer caso se trata del expresidente del FC Barcelona. Sandro Rosell fue detenido en 2017 Cuando era investigado por presunta pertenencia a una red de lavado de dinero procedente de la venta de derechos de imagen de la selección brasileña, se ordenó prisión temporal porque se consideraba alto el riesgo de fuga. Sin embargo, tras pasar 645 días tras las rejas, fue absuelto. Aunque reclamó una indemnización de 29 millones de euros, la fiscalía afirmó que esta precaución le impidió cumplir dos contratos. Indemnización de sólo 18.000 euros, menos de 28 euros por día de privación de libertad porque consideró que se trataba de “meras expectativas, ganancias hipotéticas y relaciones no vinculantes para las partes”. También se aplazó su reclamación de 669.000 euros por los gastos de defensa y 63.000 euros por el viaje de su familia.

tu pareja, Joan Besolíquien también fue absuelto, no recibió respuesta del Departamento de Justicia. Posteriormente, tras una denuncia ante la Audiencia Nacional, finalmente Le imputan 70.000 euros por 645 días de prisión preventiva injustificadosuna cifra alejada de los 4,6 millones que exigía al Estado.

Pero hay otro caso emblemático en el que el daño fue visible para toda España por el ridículo mediático al que fue sometido su protagonista. Dolores Vázquez, expareja de la madre de Rocío WanninkhofFue acusado de asesinar a la joven basándose en pruebas e inferencias de gran debilidad. Se enfrentó a un juicio con jurado popular que luego fue cancelado y tuvo que repetirse. Pasó 17 meses en prisión y fue vilipendiada públicamente hasta que fue absuelta después de que se identificara al verdadero asesino: Tony Alexander King. La pista crucial, el ADN, provino de otro asesinato, el de Sonia Carabantes.

Dolores Vázquez exigió cuatro millones de euros por los 519 días que pasó tras las rejas. En sentencia de 21 de julio de 2015, el Tribunal Supremo confirmó la sentencia del tribunal regional, que denegó el pago de una indemnización por la inadmisibilidad de la prisión temporal, ya que ésta sólo podría reclamarse si los hechos no hubieran ocurrido. Pero el asesinato de Rocío Wanninkhof realmente ocurrió, aunque ella no tuvo nada que ver. La Corte Suprema advirtió que debió actuar por la vía general del error judicial regulada en el artículo 293 de la Ley de Constitución del Poder Judicial. Los daños que sufrió no fueron compensados.



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