actas_de_finiquito
Captura de la web del Ministerio de Relaciones Laborales.

Tradicionalmente las actas de finiquito se las realizaba con calculadora en mano, Código de Trabajo abierto, y sumergido en la profundidad de muchos roles de pago que, según la antigüedad del empleado a liquidar, podrían tranquilamente asemejar a un mar de papel. Asimismo, esta ardua pero necesaria labor era realizada por jóvenes estudiantes de abogacía o pasantes, que sufrían horas enteras aplicando fórmulas y deshaciendo cálculos hasta que el resultado les cuadraba (o muchas veces no, lo que acarreaba serios problemas para el empleador, para el abogado y para el trabajador; ni hablar para el pasante/estudiante confundido).

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Captura de la web del Ministerio de Relaciones Laborales.

Afortunadamente, dentro del proceso de modernización del estado, el Ministerio de Relaciones Laborales ofrece ese servicio de manera gratuita: mediante la utilización de la informática, la elaboración de estas actas se las puede realizar  de una manera ágil y oportuna, reduciendo la posibilidad de errores a la hora de computar los haberes del trabajador a la mínima expresión.

Basta con ingresar a la web del ministerio, e ingresar al sistema: si usted no es un usuario registrado, tiene que proceder a registrarse dentro del mismo proveyendo información básica que se le solicita. Su contraseña será enviada al correo electrónico que usted solicite.

Una vez que ingresa al sistema, basta con que llene información básica sobre su empleado (sueldo que ganaba, tiempo de trabajo, horas extras, etc.) y el sistema calculará automáticamente el monto de la liquidación. Además, dentro del mismo procedimiento usted solicita un turno para acudir ante el Inspector de Trabajo, con fecha y hora predeterminada, mismo que es generado automáticamente.

Recuerde que para acudir ante el Inspector del Trabajo para firmar el acta usted deberá cumplir con los siguientes requisitos:

  • 3 impresiones originales del Acta de Finiquito con su respectiva firma del representante legal o empleador de cada una de las actas generadas por trabajador (no copias).
  • Copia del RUC (en caso de ser Empresa, Negocio, Actividad Comercial, Persona Natural).
  • Copia del nombramiento vigente, del Representante Legal (en caso de ser Empresa), inscrito en el Registro, Ministerio, o en la Institución correspondiente.
  • Copia de Cédula y papeleta de votación (actualizada) del Representante legal o Empleador.
  • Copia de Cédula y papeleta de votación (actualizada) del Trabajador.
  • Si el pago de la liquidación es en cheque, este debe ser certificado a nombre del ex empleado y adjuntar una copia.
  • Adjuntar copia de Renuncia.
  • Adjuntar copia de contrato cuando se trate de una labor eventual, obra cierta, ocasional, temporada o tiempo de prueba.
  • Adjuntar la notificación del desahucio pedido tanto por el trabajador como por el empleador ante el inspector del trabajo.
  • En caso de fallecimiento del trabajador adjuntar posesión efectiva.

Además:

  • Si el trabajador en el acta de finiquito en línea tiene descuentos, la empresa o el empleador debe traer los justificativos necesarios.

Como es visible, el proceso de finiquitar una relación laboral es relativamente sencillo, sin embargo, es estrictamente necesario que usted cuente con la asesoría legal pertinente ya que la culminación de una relación laboral es algo muy complejo, que va mucho más allá del simple hecho de realizar un acta de finiquito. Tomarse este tema con ligereza puede llevarle a serios problemas legales y financieros, especialmente si tiene trabajadores con mucho tiempo de antigüedad.

Por:

Estudio Jurídico Ponce y Asociados

Contacto: 5002075

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