sanciones

Cualquier empresa o persona que ingrese al mercado de valores de Ecuador, debe tener en cuenta que sus acciones se encuentran reguladas por una ley. En este caso, para aquellos que desean invertir en la Bolsa de Valores de Guayaquil, te detallaremos algunas sanciones estipuladas en su normativa.

¿Cuáles son las sanciones en la normativa de la BVG?

En la página web de la Bolsa de Valores de Guayaquil existen diferentes normativas que una empresa debe tomar en cuenta si pretende invertir en el mercado. Una de aquellas – y de mayor relevancia- son las sanciones.

Según el artículo 4 del reglamento que establece las infracciones a las normas y regulaciones internas de la Bolsa de Valores de Guayaquil, las sanciones podrán ser de dos clases:

  • Pecunarias: Aquellas que deben aplicarse con multas representadas en dinero.
  • No pecunarias: Aquellas consistentes en amonestación, suspensión de derechos, cancelación definitiva de la calidad de miembro de la Corporación, retiro de posturas, abandono del recinto de rueda y suspensión, o cancelación definitiva de la calidad de Operador de Valores.

En cuanto a las sanciones a las Casas de Valores, se estipula una amonestación cada vez que sus operadores o funcionarios incurran en faltas leves previstas en el Código de Ética; y por escrito, cuando incumplan con los deberes que como miembro de la Corporación les corresponde. Se los puede multar, suspender y hasta se les puede cancelar su membresía de la Bolsa de Valores de Guayaquil  (El Directorio tiene la facultad de hacerlo).

Los Operadores de la Bolsa de Valores también pueden ser sancionados. Según el artículo 19 del reglamento, El Director de Rueda o quien haga sus veces, tiene la facultad de sancionarlos ordenando su abandono del recinto de la Rueda y retirando todas las posturas presentadas por éste. Esto se da en los siguientes casos:

  • Al no mantener la conducta correcta en el recinto, alterando el orden de la Rueda de Bolsa.
  • Al efectuar reclamos sin cortesía al Director de Rueda y demás funcionarios y empleados de la Bolsa.
  • Al infringir cualquiera de las prohibiciones previstas en el anexo de la Regulación contentiva del Reglamento de Rueda de Viva Voz.

Sancionado un Operador, se procederá inmediatamente a notificar tal hecho a la Superintendencia de Compañías y a las demás Casas de Valores.

sanciones 1

Artículo anteriorReforzar la marca de tu empresa
Artículo siguienteConferencia F8 de Facebook regresa